En Yaracuy se conforman los Consejos municipales de la comunicación popular
En función de la recién Ley de comunicación del poder popular,
publicada en la Gaceta Oficial
Extraordinaria 6.207, del 28 de diciembre de 2015, en los municipios
yaracuyanos comenzaron a conformarse
los Consejos municipales de la
comunicación popular.
Esta ley se fundamenta en los artículos 5, 57, 58 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y considerando los artículos 70 y el
numeral 7° del artículo 204 de la Carta Magna, que establecen la iniciativa
legislativa popular.
Y
este domingo, en la sede de los Niños cantores de Yaracuy, en el complejo
cultural Andrés Bello en San Felipe, se llevó a efecto la asamblea para
designar a los voceros del Consejo municipal de la comunicación popular que
quedó conformado con Henry Fernández y suplente Franklin Gutiérrez (Medios
populares alternativos y comunitarios radiales) Darwin González y suplente
Néstor Ceiva(Medios populares alternativos y comunitarios televisivos) Bouter Betancourt suplente Yosmara Pérez (Medios populares
alternativos y comunitarios impresos).
Otros
son Julio
Aponte y suplente Manuel Gutiérrez (Medios populares alternativos y comunitarios
digitales y electrónicos) Taresca González y suplente Edgar Quiñones (Medios populares
alternativos y comunitarios muralisticos y otros formatos comunicacionales)
Miguel Charun y suplente Abigail Romero ( Medios Populares
Alternativos y Comunitarios de los Consejos Comunales y/o de las Comunas)y Willian
Alvarado y suplente Carolina Duran.
(Medios populares alternativos y comunitarios de
los movimientos sociales)
También
en Chivacoa, capital del municipio Manuel Ezequiel Bruzual, se nombró este
Consejo y lo conforman Edgar López y
suplente Denny Calvette (Medios populares alternativos y comunitarios radiales)
Josefina Laurito y suplente Lisbeth Jiménez (Medios populares alternativos y
comunitarios televisivos) (Medios populares alternativos y comunitarios
impresos).
Otros
son Herminio Tovar y suplente Mike David Sierra (Medios populares alternativos
y comunitarios digitales y electrónicos) Iván Virguez y suplente Omar Soto
(Medios populares alternativos y comunitarios muralisticos y otros formatos
comunicacionales) Alfredo Puerta y suplente Irma Tovar (Medios populares
alternativos y comunitarios de los Consejos Comunales y/o de las Comunas) y
Jackson Escalona y suplente Irma Tovar (Medios
populares alternativos y comunitarios de los movimientos sociales )
DE LA LEY
La
ley establece un sistema con el Consejo Nacional de Comunicación Popular, a la
cabeza, que será una instancia colegiada de carácter federal, con personalidad
jurídica propia.
La
instancia estará formada por 49 voceras y voceros procedentes de siete ejes
territoriales de la siguiente forma: uno de radio, uno de televisión, uno de
impresos, uno de muralistas u otros formatos, uno de comités de medios comunitarios
de consejos comunales o comunas, y finalmente, uno de los movimientos sociales.
Todas y todos serán electos en asambleas de los consejos estadales de
comunicación popular, según el artículo 9.
La
ley se compone de 50 artículos, tres disposiciones transitorias y una
disposición final. Incluye también mecanismos de financiamiento y apoyo
logístico que el Estado brinda a los medios alternativos y comunitarios, para
promover e impulsar las propuestas de dichos colectivos comunicacionales
organizados.




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